Si eres profesional independiente o prestas servicios de salud en Chile, es obligatorio emitir boletas electrónicas por tus servicios. Aquí te explicamos de manera clara y sencilla cómo hacerlo, qué requisitos debes cumplir y consejos prácticos para no cometer errores.
Si eres trabajador independiente, también te corresponde tener seguridad social, ordenar tus cotizaciones previsionales y, por supuesto, recibir tu devolución de impuestos. Algunos piden asesorías, pero creemos que esta entrada te ayudará enormemente. Lo primero es responder:
Una boleta de honorarios electrónica (BHE) es un documento que emite un contribuyente al momento de iniciar actividades SII de segunda categoría como profesionales, sociedad de profesionales y personas que desarrollen ocupaciones lucrativas en Chile, debido a que en estos casos están en la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que generen por su actividad.
Estos casos tienen la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que generen por su actividad.
Desde julio de 2021, su emisión es obligatoria en formato electrónico para todos los contribuyentes de segunda categoría, según lo establecido por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Esta tarea, aunque podría considerarse como rutinaria, es muy necesaria y no es una tarea difícil. Actualmente, este trámite se puede realizar de manera electrónica vía Internet, desde la comodidad del hogar o en la oficina, también es posible enviar boleta por correo.
La boleta de honorarios electrónica es utilizada para respaldar servicios que son generalmente realizados por personas que ejecutan actividades con fines lucrativos, como es el caso de profesionales, técnicos, o personas que realizan una tarea particular y no son parte del staff de la empresa.
Aquí se incluyen también las sociedades profesionales, por lo tanto, este tipo de remuneración es catalogada como honorarios profesionales. Esta remuneración tiene la facilidad de ejecutarse de varias formas, dependiendo del acuerdo que establecen mutuamente el que contrata el servicio y el que lo entregará.
Es importante saber que cuando el trabajador no ha iniciado sus actividades y, por lo tanto, no está en capacidad de emisión de boletas, es la empresa la encargada de realizar una boleta de prestaciones de servicios de terceros, con el total de los honorarios.
Actualmente, desde el 1 de enero de 2025, la boleta electrónica de honorarios considera un 14,5% de retención para el cálculo del impuesto de segunda categoría, según lo establecido por la Ley N° 21.133.
Este porcentaje es retenido automáticamente por el Servicio de Impuestos Internos (SII) hasta que se realice la Operación Renta correspondiente al año tributario siguiente.
Cabe recordar que la declaración jurada de honorarios incluye la información de las retenciones aplicadas a los profesionales independientes y también las retenciones sobre remuneraciones de directores de sociedades anónimas.
Emitir una boleta de honorarios electrónica tiene características específicas que diferencian este tipo de remuneración de un contrato laboral tradicional. Estas son las principales:
1. Es un ingreso por prestación de servicios profesionales
Se considera remuneración por servicios prestados de manera independiente, sin vínculo de subordinación (no eres un trabajador dependiente).
Aplica a consultores, médicos, psicólogos, diseñadores, abogados, entre otros.
2. Debe incluir retención de impuesto de segunda categoría
Desde 2025, el porcentaje de retención es de 14,5%. Esta retención es un anticipo del impuesto a la renta que se regulariza en la Operación Renta del año siguiente.
3. No genera cotizaciones automáticas a seguridad social (salud, pensión, etc.), salvo opción voluntaria
Si quieres cotizar por AFP, salud o seguro de accidentes laborales, puedes optar por hacerlo en forma independiente o declararlo en tu Operación Renta (en algunos casos, puede ser obligatorio dependiendo de tus ingresos).
4. Se documenta a través del SII
Todas las boletas deben ser emitidas electrónicamente a través de www.sii.cl o mediante plataformas certificadas.
El SII recibe automáticamente la información de cada boleta emitida.
5. Puede ser emitida a personas naturales o jurídicas
Puedes emitir boletas tanto a clientes individuales como a empresas o instituciones.
En ambos casos, debes indicar el RUT del receptor en la boleta.
6. No constituye una relación laboral
El hecho de emitir boleta de honorarios no te da derechos como vacaciones, aguinaldos o indemnización por despido.
Estás actuando como un proveedor externo de servicios.
7. Se declara en la Operación Renta
Todos los ingresos obtenidos mediante boletas de honorarios deben ser informados en la Declaración Anual de Renta (Formulario 22).
Puedes tener derecho a devolución de impuestos si tus gastos o cotizaciones exceden lo retenido.
El cálculo de la retención en una boleta de honorarios electrónica depende principalmente del acuerdo entre quien presta el servicio y quien lo contrata, y puede manejarse de dos formas:
El cliente (empresa o institución) retiene el impuesto correspondiente (14,5% en 2025) al momento del pago, y es quien debe declararlo y pagarlo posteriormente mediante el Formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Si quien presta el servicio acuerda emitir la boleta sin retención ("sin retención del receptor"), será el propio profesional quien deberá declarar y pagar ese impuesto a través del Formulario 29.
Importante:
El impuesto se genera en el momento en que se presta el servicio, no cuando se recibe el pago.
Por eso, siempre se recomienda a los profesionales independientes calcular su precio considerando el monto real que recibirán después de la retención de impuestos, para evitar confusiones o pérdidas económicas.
Según el SII, quien paga la renta es un agente retenedor (empresa, sociedad, etc.), deberá efectuar la retención del porcentaje correspondiente y declararlo/pagarlo a través del Formulario 29.
Si no hay agente retenedor (por ejemplo, si el servicio lo paga una persona natural no obligada a retener), el propio emisor de la boleta debe declarar y pagar el impuesto correspondiente mediante PPM (Pago Provisional Mensual).
Pueden emitir boletas de honorarios electrónicas en Chile todas las personas naturales que presten servicios de manera independiente, sin una relación laboral de subordinación o dependencia.
En particular, pueden emitir boletas de honorarios:
En este punto es importante aclarar que las facturas electrónicas generalmente son utilizadas por las pymes y empresas con la finalidad de corroborar los costos o gastos ante el Servicio de Impuestos Internos. ya que necesitan entregar una información más detallada de sus operaciones, incluyendo datos que van más allá de lo que se puede reflejar en una boleta de honorarios electrónica.
Cabe resaltar que la factura electrónica tiene validez legal y fiscal. De esta forma quienes la entreguen gozan del derecho al crédito fiscal. Es decir, pueden usar el reembolso proveniente del IVA para pagar las compras de muchos de los productos que se venderán al cliente final.
Por otra parte, la boleta de honorarios electrónica es solo un comprobante de venta. De esta forma, si se compara con la factura, la boleta no permite acceder al crédito fiscal. Sin embargo, ambas deben ser emitidas cuando se realiza una transacción o entrega de cualquier producto. Conviene saber que en la venta de servicios, las facturas pueden emitirse dentro del periodo tributario en el que se haga el pago.
1. Inicia actividades ante el SII
Debes estar registrado en el SII y haber iniciado actividades en la segunda categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Este trámite se realiza en línea en el sitio web del SII.
2. Accede al portal del SII
Ingresa a www.sii.cl y selecciona la opción "Boleta de Honorarios Electrónica" en el menú de "Servicios Online". Puedes autenticarte con tu RUT y clave tributaria o con tu ClaveÚnica.
3. Emite la boleta
Una vez dentro, elige la opción "Emitir boleta de honorarios electrónica". Completa los datos requeridos, como el RUT del receptor, monto bruto, descripción del servicio y si corresponde retención de impuestos. Luego, confirma y emite la boleta.
4. Entrega la boleta al cliente
Después de emitir la boleta, puedes descargarla en formato PDF, imprimirla o enviarla por correo electrónico al cliente.
Desde el 1 de enero de 2025, la retención aplicable a las boletas de honorarios es del 14,5%. Este porcentaje se incrementa anualmente en 0,75% hasta alcanzar el 17% en 2028, conforme a la Ley N° 21.133.
Ejemplo:
Si emites una boleta por $100.000, la retención será de $14.500, y recibirás $85.500 líquidos.
Puedes optar por que el receptor de la boleta realice la retención o asumirla tú mismo mediante pagos provisionales mensuales (PPM), declarando y pagando el impuesto correspondiente a través del Formulario 29 del SII.
Si quieres aprender sobre la Operación Renta, te invitamos a ver este contenido en Youtube con Blanca Vives.
El SII ofrece la aplicación gratuita "e-Boleta SII", disponible en Google Play y App Store. Esta app permite emitir boletas desde tu celular de manera sencilla.
Además, existen plataformas como Encuadrado, que integran la gestión de pacientes y la emisión automática de boletas electrónicas, facilitando la administración de tu consulta.
¡Ahora sabes lo fácil que es obtener una boleta de honorarios electrónica! Esperamos que esta información te sea útil y recuerda que con Encuadrado puedes automatizar la emisión de tus boletas y administrar toda la gestión de tu trabajo como profesional independiente.
Co-founder & CEO
Como co-fundador y CEO de Encuadrado, me apasiona estar armando el ecosistema que va a ayudar a todo profesional a independizarse crecer y triunfar. En vidas pasadas trabajé en los equipos de Producto de startups como Brex en San Francisco, California.